Por: Marcelo Ricciardulli

Sin dudas, esta noticia es una de las más esperadas por parte del mercado argentino, o al menos de algún sector. Desde que Aerolíneas Argentinas primero, y luego Alitalia, dejaron de volar en forma directa a Roma, enviar cargas a Italia padeció algunas complicaciones.

Este comentario no es en menosprecio de las otras aerolíneas que, en forma indirecta, continuaron con la oferta de espacio a los distintos exportadores, permitiendo que las cadenas de suministro continúen operando, sino porque existe una clara diferencia comparativa: Un vuelo directo no es lo mismo que una llegada indirecta, en algunos casos combinando avión+camión.

El costo para los exportadores es un capítulo aparte. Esto es más un tema competitivo y de estrategía comercial de las aerolíneas, sobre lo cuál no voy a opinar, pero algunos de los exportadores con los que tuve contacto me manifestaron que el incremento de tarifas los puso al borde de la pérdida de competitividad. Bueno… El aumento de tarifas fue un fenómeno global dado por la escasez de capacidad durante la pandemia, y no algo observado exclusivamente por la falta de vuelos directos entre Argentina e Italia. 

Sin embargo, desde hace algunos meses la gran mayoría de las aerolíneas comenzaron a incorporar más frecuencias a sus itinerarios entre Europa y América Latina. Lo hicieron Air Europa, Ibería, British Airways, Air France-KLM, etc. Pero la ruta ROM-BUE-ROM (o BUE-ROM-BUE), seguía sin dar señales de vida. Y la razón principal de esto es la coyuntura por la que atravesaron las dos aerolíneas que la operaban. En el caso de AR, por no ser rentable, y en el caso de AZ, porque finalmente quebró.

Pero no hay mal que dure 100 años. Y será de la mano de ITA Airways que veremos a una aerolínea uniendo las dos ciudades en forma directa nuevamente. Al contrario del mercado de pasajeros, donde muchos de ellos quedaron heridos tras una salida problemática de Alitalia, y que ven a ITA Airways como una continuidad “disfrazada” de la anterior empresa, los exportadores que necesitan esta línea directa sienten un poco de alivio, especialmente aquellos de productos perecederos.

Días atrás, Brasil autorizó las operaciones de ITA Airways a Sao Paulo (GRU) a partir del 1 de junio 2022, y ahora es el momento de Argentina. En estos dos países sudamericanos están las mayores comunidades italianas en la región, por lo que los lazos afectivos, culturales y comerciales son muy importantes, y el restablecimiento de la conectividad directa con Italia es esperado con ansiedad.

Volviendo con el foco sobre Argentina, mediante la Resolución 51/2022, el pasado 14 de febrero la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil) dió la autorización formal a Italia Trasporto Aereo S.P.A para comenzar a operar la ruta Fiumicino (FCO) – Ezeiza (EZE) – Fiumicino (FCO), transportando pasajeros, correo y carga. Sin embargo, ITA Airways aún no ha informado la fecha de inicio, pero todo hace pensar que será también para los primeros días de junio 2022, cuando espera recibir su Airbus A350.

En los artículos 3° y 4° de la Resolución se enuncian los condicionantes que impone la ANAC al inicio de las operaciones:

«ARTÍCULO 3°.- Antes de iniciar las operaciones, la empresa deberá someter a consideración de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL las tarifas a aplicar, los seguros de ley, libros de a bordo y de quejas para su habilitación, correspondiendo idéntico trámite a toda incorporación, sustitución o modificación de la capacidad comercial de sus aeronaves, como así también de sus seguros, tarifas, cambio de domicilio.»

«ARTÍCULO 4°.- La Empresa deberá presentar la documentación operativa de las aeronaves a utilizar en la prestación de los servicios autorizados.»

En el ámbito comercial, en el artículo 6° de la Resolución la ANAC también impone un requisito determinante para que la aerolínea comience a comercializar y/o promocionar los servicios autorizados por la Resolución:

«ARTÍCULO 6°.- La Empresa deberá abstenerse de comercializar y/o promocionar los servicios de transporte aéreo que por la presente Resolución se otorgan, tanto por sí como por intermedio de terceros, hasta tanto se encuentre aprobada la programación horaria correspondiente.»

A continuación compartimos el texto completo de la Resolución 51/2022.

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Air Cargo Latin America

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